DECLARACION DE INTERES NACIONAL. PROYECTO DE INVERSION. ACTIVIDAD REALIZADA POR EL INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA (INAVI)




Promulgación: 24/03/2021
Publicación: 07/04/2021
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.

Artículo 2

   Otórgase al Instituto Nacional de Vitivinicultura (INAVI) un crédito por el impuesto al Valor Agregado (IVA) incluido en las adquisiciones de bienes y servicios realizadas desde el 1° de setiembre de 2020, destinados a integrar, directa o indirectamente, el costo de la obra correspondiente a la sede del instituto, de acuerdo al proyecto presentado.

   El monto máximo del referido crédito no podrá superar la suma de UI 4:329.463 (unidades indexadas cuatro millones trescientos veintinueve mil cuatrocientos sesenta y tres).

   Dicho crédito se hará efectivo mediante el mismo procedimiento que rige para los exportadores, en las condiciones que determine la Dirección General Impositiva.

   La Dirección Nacional de Industrias del Ministerio de Industria, Energía y Minería certificará a los organismos competentes la pertinencia de los referidos bienes y servicios, de acuerdo con su adecuación al proyecto declarado promovido. (*)

(*)Notas:
Redacción dada por: Decreto Nº 234/021 de 21/07/2021 artículo 1.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 95/021 de 24/03/2021 artículo 2.
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