CONSEJOS DE SALARIOS - GRUPO Nº 36 INDUSTRIA GRAFICA DE OBRA. SUBGRUPO PUBLICIDAD EN VIA PUBLICA




Promulgación: 24/12/1986
Publicación: 04/05/1987
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 19

   Cuando existan trabajadores no categorizados específicamente en los laudos o decretos del presente grupo, este Consejo de Salarios, determinará la categoría a la cual deben asimilarse dichos trabajadores, teniendo en cuenta las categorías ya laudadas en esta rama de actividad. 
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