APROBACION DEL PLAN DE INVERSIONES PUBLICAS DE LOS ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS, ADMINISTRACIONES DEPARTAMENTALES, DIRECCION GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y DIRECCION GENERAL DE CASINOS. EJERCICIO 1981




Promulgación: 10/03/1981
Publicación: 06/05/1981
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1981
  •    Página: 328
Referencias a toda la norma

Artículo 8

 Las variaciones en los montos anuales de los Proyectos y de sus
cronogramas de ejecución, deberán ser autorizadas por el Poder Ejecutivo
previo informe de la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y Difusión y
del Tribunal de cuentas de la República, a solicitud fundada del jerarca
del Inciso.
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