APROBACION DEL PLAN DE INVERSIONES PUBLICAS DE LOS ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS, ADMINISTRACIONES DEPARTAMENTALES, DIRECCION GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y DIRECCION GENERAL DE CASINOS. EJERCICIO 1981




Promulgación: 10/03/1981
Publicación: 06/05/1981
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1981
  •    Página: 328
Referencias a toda la norma

Artículo 16

 Las asignaciones presupuestales que se comprometan y no se ejecuten
dentro del ejercicio mantendrán su vigencia e integrarán el monto global a
nivel de Inciso del Plan de Inversiones Públicas del ejercicio siguiente.
Los organismos presentarán a la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y
Difusión antes del 31 de octubre de cada año, la estimación de las
asignaciones comprometidas y no ejecutadas al finalizar el ejercicio.

Los montos definitivos de estas partidas, discriminados por Proyectos,
forma de financiamiento y apertura por Rubros, deberán ser informadas a la
Secretaría de Planeamiento, Coordinación y Difusión y al Tribunal de
Cuentas de la República antes del 1º de marzo del año siguiente.
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