FIJACION DE HORARIOS PARA DEPENDENCIAS DE LA ADMINISTRACION CENTRAL. HORARIO UNICO




Promulgación: 10/03/2003
Publicación: 18/03/2003
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2003
  •    Página: 425
Derogada/o por: Decreto Nº 319/010 de 26/10/2010 artículo 22 Derogada/o.
Reglamentario/a de: Ley Nº 17.556 de 18/09/2002 artículo 77.
VISTO: Lo dispuesto por el Artículo 77 de la Ley Nº 17.556 de 18 de 
setiembre de 2002. 

RESULTANDO: I) que por el mismo se cometió a la Oficina Nacional del 
Servicio Civil la coordinación con la Administración Central, Entes 
Autónomos, Servicios Descentralizados, Tribunal de Cuentas y Corte 
Electoral de un horario único de las oficinas y un horario único de 
atención al público; 

II) que en cumplimiento de dicho cometido se procedió a relevar la 
información pertinente de los organismos involucrados, así como la 
existencia de situaciones en las que se justifique el mantenimiento de 
horarios especiales; 

CONSIDERANDO: I) que razones de buena administración y de disminución del 
gasto público determinan a establecer los horarios de oficina y de 
atención al público que por el presente decreto se disponen, sin 
perjuicio de contemplar aquellas situaciones especiales que se 
fundamenten en una mejor atención de los usuarios u otras de mejor 
servicio; 

II) que la complejidad del tema amerita mantener un sistema de 
información que permita una adecuada y permanente racionalización de los 
horarios referidos; 

ATENTO: A lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el artículo 
168 numeral 4º de la Constitución de la República; 

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                    Actuando en Consejo de Ministros                      
                                                                          
                                DECRETA:                                  

Artículo 1

 (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 90/003 de 10/03/2003 artículo 1.

BATLLE - GUILLERMO STIRLING - DIDIER OPERTTI - ALEJANDRO ATCHUGARRY - YAMANDU FAU - LEONARDO GUZMAN - JUAN LUIS AGUERRE - JUAN BORDABERRY - SANTIAGO PEREZ DEL CASTILLO - CONRADO BONILLA - GONZALO GONZALEZ - SAUL IRURETA


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