Decreto 90/003
Establécese el horario único que regirá para las oficinas de la
Administración Central a partir del 10 de marzo de 2003.
(615*R)
MINISTERIO DEL INTERIOR
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS
MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
MINISTERIO DE EDUCACION Y CULTURA
MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OBRAS PUBLICAS
MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGIA Y MINERIA
MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
MINISTERIO DE SALUD PUBLICA
MINISTERIO DE GANADERIA, AGRICULTURA Y PESCA
MINISTERIO DE TURISMO
MINISTERIO DE VIVIENDA, ORDENAMIENTO
TERRITORIAL Y MEDIO AMBIENTE
MINISTERIO DE DEPORTE Y JUVENTUD
Montevideo, 10 de marzo de 2003
VISTO: Lo dispuesto por el Artículo 77 de la Ley Nº 17.556 de 18 de
setiembre de 2002.
RESULTANDO: I) que por el mismo se cometió a la Oficina Nacional del
Servicio Civil la coordinación con la Administración Central, Entes
Autónomos, Servicios Descentralizados, Tribunal de Cuentas y Corte
Electoral de un horario único de las oficinas y un horario único de
atención al público;
II) que en cumplimiento de dicho cometido se procedió a relevar la
información pertinente de los organismos involucrados, así como la
existencia de situaciones en las que se justifique el mantenimiento de
horarios especiales;
CONSIDERANDO: I) que razones de buena administración y de disminución del
gasto público determinan a establecer los horarios de oficina y de
atención al público que por el presente decreto se disponen, sin
perjuicio de contemplar aquellas situaciones especiales que se
fundamenten en una mejor atención de los usuarios u otras de mejor
servicio;
II) que la complejidad del tema amerita mantener un sistema de
información que permita una adecuada y permanente racionalización de los
horarios referidos;
ATENTO: A lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el artículo
168 numeral 4º de la Constitución de la República;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
Actuando en Consejo de Ministros
DECRETA:
Artículo 1
Establécese un horario único de 9:00 a 17:00 horas que regirá para las
oficinas de la Administración Central a partir del 10 de marzo de 2003.
La atención al público en las oficinas referidas en el inciso anterior,
se cumplirá en todos los casos de 9:15 a 16:30 horas.
BATLLE, GUILLERMO STIRLING, DIDIER OPERTTI, ALEJANDRO ATCHUGARRY, YAMANDU
FAU, LEONARDO GUZMAN, JUAN LUIS AGUERRE, JUAN BORDABERRY, SANTIAGO PEREZ
DEL CASTILLO, CONRADO BONILLA, GONZALO GONZALEZ, SAUL IRURETA.