Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Artículo 3
Los trabajadores cuyo salario esté integrado por una partida fija (sueldo) y una variable (comisión), recibirán por aplicación de este decreto un incremento porcentual del 22,47% que se calculará y aplicará sobre la remuneración fija sin perjuicio de que el empleador deberá asegurar en todos los casos y entre ambas remuneraciones el salario
mínimo de la categoría que les correspondiere.