CONSEJOS DE SALARIOS - GRUPO Nº 22 INDUSTRIA DE LA BEBIDA. SECTOR BEBIDAS SIN ALCOHOL Y CERVEZAS. SECTOR DE BODEGAS




Promulgación: 24/12/1986
Publicación: 26/05/1987
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 19

   Durante el período 1º de junio de 1986 al 31 de mayo de 1987 ningún 
otro aumento de salario otorgado podrá ser trasladado a los precios de 
venta de mercaderías, bienes o servicios de las empresas que integran el 
Grupo Salarial.
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