ACUERDOS INTERNACIONALES - COMERCIO EXTERIOR




Promulgación: 14/02/1990
Publicación: 12/06/1990
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 3

    De conformidad con lo dispuesto en los artículos 3° y 4° del Protocolo adicional referido anteriormente, los productos incorporados al Acuerdo, integrados a este Protocolo y a los suscritos con fechas 30 de diciembre de 1983, 10 de diciembre de 1987 y 15 de junio de 1988, deberán dar cumplimiento a los requisitos de origen que constan en Anexo 3 y Apéndice, para el beneficio de las preferencias. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 4.
Referencias al artículo
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