CREACION DE LA JUNTA NACIONAL DE GRANOS




Promulgación: 05/02/1986
Publicación: 12/05/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1986
  •    Página: 320

Artículo 8

   A pedido de las partes interesadas, la Junta Nacional de Granos podrá
actuar como árbitro en las divergencias que puedan suscitarse entre
particulares, referidas al comercio de granos. Esta función arbitral se
ejercerá de acuerdo a la reglamentación que a estos fines dicte el Poder
Ejecutivo.
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