CREACION DE LA JUNTA NACIONAL DE GRANOS




Promulgación: 05/02/1986
Publicación: 12/05/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1986
  •    Página: 320

Artículo 2

   La Junta Nacional de Granos estará integrada por un representante del
Ministerio de Agricultura y Pesca, que la presidirá; un representante del
Ministerio de Economía y Finanzas, un representante del sector de la
producción que será propuesto en forma conjunta por la Asociación Rural
del Uruguay; la Federación Rural del Uruguay y la Comisión Nacional de
Fomento Rural; un representante de las Cooperativas Agrarias que será
propuesto por Cooperativas Agrarias Federadas y dos representantes del
comercio de industria que serán propuestos por la Cámara Mercantil de
Productos del País.
Ayuda