CONSEJOS DE SALARIOS - GRUPO N° 1 COMERCIO. SUBGRUPO N° 38 ANDA




Promulgación: 24/12/1986
Publicación: 20/02/1987
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 4

   Créase una Comisión integrada por representantes del Consejo Administrativo, de AFA y el Sector Técnico Profesional de ANDA, que se abocará al estudio de una fórmula que determine los parámetros mediante los cuales se fijarán los sueldos correspondientes a los funcionarios del Sector Técnico Profesional. Dicha fórmula será presentada en la próxima ronda de los Consejos de Salarios.
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