APROBACION DE LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DEL CENTRO DE ALTOS ESTUDIOS NACIONALES




Promulgación: 24/02/2005
Publicación: 31/05/2005
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2005
  •    Página: 491
Derogada/o por: Decreto Nº 228/016 de 25/07/2016 artículo 4.
Referencias a toda la norma
VISTO: que razones de buena administración imponen sistematizar y
actualizar el marco jurídico normativo del Centro de Altos Estudios
Nacionales (CALEN), disponiéndose asimismo que el Instituto Jurídico de
Defensa pase a integrarlo.

RESULTANDO: I) que por el Decreto 594/993 de fecha 30 de diciembre de
1993 se creó el mencionado Centro y se aprobaron su misión, cometidos,
objetivos, funciones y estructura orgánica.

II) que por la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 12 de julio de
1994 (número interno 72.828) se transformó en un "Centro Universitario de
las Fuerzas Armadas", para brindar cursos de Post-Grado para el personal
Superior, profesionales y técnicos civiles altamente calificados.

III) que por la Ordenanza 18 del Ministerio de Defensa Nacional de 5 de
enero de 1994, modificada por la Ordenanza 20 del Ministerio de Defensa
Nacional de 12 de agosto de 1994 se aprobó la instrumentación orgánica y
se determinaron las funciones del citado Centro.

IV) que por la Ordenanza 22 del Ministerio de Defensa Nacional de 23 de
febrero de 1995 se aprobó la Maestría en Estrategia Nacional.

V) que por la Ordenanza 27 del Ministerio de Defensa Nacional de 22 de
octubre de 1996 modificada por la Ordenanza 32 del Ministerio de Defensa
Nacional de 20 de agosto de 1998 se aprobó el programa de dicha
Maestría.

VI) que por el Decreto 35/999 de fecha 2 de febrero de 1999, se modificó
la estructura orgánico funcional del Ministerio de Defensa Nacional,
incluyéndose en el Gabinete del Ministro al Instituto Jurídico de Defensa
(INJUDE).

CONSIDERANDO: I) la necesidad de adecuar la estructura organizativa del
Centro de Altos Estudios Nacionales a la amplia gama de las actividades
académicas que en el mismo se desarrollan.

II) la conveniencia de reafirmar los principios generales que presiden la
dirección, asesoramiento y gestión de las instituciones docentes,
recogiendo en la especie las doctrinas más recibidas en el campo de la
Ciencia de la Administración y de la Educación.-

III) que con el fin de lograr una mayor eficiencia y excelencia en el
funcionamiento del mencionado Instituto Jurídico de Defensa, resulta
pertinente su incorporación al Centro de Altos Estudios Nacionales.

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto en el numeral 2do.
del artículo 181 de la Constitución de la República y en el artículo 4to.
de la Ley 17.556 de 18 de setiembre de 2002.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                   -actuando en Consejo de Ministros-

                                 DECRETA:

Artículo 1

 (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 87/005 de 24/02/2005 artículo 1.

Artículo 2

 (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 87/005 de 24/02/2005 artículo 2.

Artículo 3

 (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 87/005 de 24/02/2005 artículo 3.

Artículo 4

 (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 87/005 de 24/02/2005 artículo 4.

Artículo 5

  (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 87/005 de 24/02/2005 artículo 5.

Artículo 6

 (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 87/005 de 24/02/2005 artículo 6.

Artículo 7

 (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 87/005 de 24/02/2005 artículo 7.

Artículo 8

 (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 87/005 de 24/02/2005 artículo 8.

Artículo 9

 (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 87/005 de 24/02/2005 artículo 9.

Artículo 10

  (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 87/005 de 24/02/2005 artículo 10.

Artículo 11

 (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 87/005 de 24/02/2005 artículo 11.

Artículo 12

 (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 87/005 de 24/02/2005 artículo 12.

Artículo 13

 (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 87/005 de 24/02/2005 artículo 13.

Artículo 14

 (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 87/005 de 24/02/2005 artículo 14.

BATLLE - ALEJO FERNANDEZ - WILLIAM EHLERS - ALVARO ROSSA - YAMANDU FAU - JOSE AMORIN - CARLOS POLLIO - JOSE VILLAR - MARIO ARIZTI - CONRADO BONILLA - MARTIN AGUIRREZABALA - JUAN BORDABERRY - SAUL IRURETA
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