Fecha de Publicación: 31/05/2005
Página: 282-A
Carilla: 4

CONSEJO DE MINISTROS

Artículo 2

 La misión del Centro de Altos Estudios Nacionales consistirá en:

1. Desarrollar y consolidar conocimientos y técnicas relacionados con la
planificación, coordinación, dirección y asesoramiento estratégico en los
altos niveles de la conducción gubernamental del Estado.

2. Investigar y analizar permanentemente la realidad nacional en todos
sus aspectos y su interrelación con el mundo.
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