CONSEJOS DE SALARIOS - GRUPO Nº 35 INDUSTRIA DEL PAPEL. SUBGRUPO PAPEL




Promulgación: 24/12/1986
Publicación: 21/01/1987
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 5

   Establécese con carácter nacional que las empresas que abonen un porcentaje superior al 15% por concepto de prima por asistencia, podrán incorporar a partir del 1° de octubre de 1986 el porcentaje que supere el 15% en el salario básico.
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