REGLAMENTACION DE LOS ARTS. 59 A 67 DE LA LEY 19.121, RELATIVOS AL ESTATUTO DEL FUNCIONARIO PUBLICO DE LA ADMINISTRACION CENTRAL




Promulgación: 27/02/2015
Publicación: 09/03/2015
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.121 de 20/08/2013 artículos 59, 60, 61, 62, 
63, 64, 65, 66 y 67.

CAPITULO
DISPOSICIONES GENERALES

Artículo 9

   Para todos los concursos se requerirá:
   a) La descripción del perfil y las bases, aprobadas por el Jerarca del
      Inciso con el asesoramiento del Comité Coordinador de Funciones de
      Administración Superior;
   b) La convocatoria a interesados en su postulación con un plazo de
      publicación no menor a 15 (quince) días. El o los llamados deberán
      ser publicados en el Portal del Sistema de Reclutamiento y
      Selección de la Oficina Nacional del Servicio Civil, durante todo
      el período de inscripción previsto para el llamado, sin perjuicio
      de la publicidad específica que de los mismos realice cada
      organismo.
   c) La publicidad de las pautas de políticas y estrategias definidas
      para la unidad ejecutora y unidades organizativas para las que se
      convoca.
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