REGLAMENTACION DEL ART. 93 DE LA LEY 19.670, RELATIVO A LA CREACION DE LA DIRECCION DE INVESTIGACIONES DE LA POLICIA NACIONAL




Promulgación: 25/03/2019
Publicación: 03/04/2019
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.670 de 15/10/2018 artículo 93.

CAPÍTULO IV - DE LA UNIDAD DE APOYO TECNOLÓGICO (U.NA.TEC.)
CAPACITACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE USUARIOS

Artículo 34

   En forma previa a la puesta en producción de una herramienta, se convocará a las Unidades Policiales para que éstas designen personal a ser capacitado, teniendo en cuenta que, en caso de ser necesario, el mismo puede ser a su vez convocado para impartir instrucción.
   A los efectos de un mejor aprovechamiento de las herramientas, sólo se otorgará acceso de oficial analista a personal que haya sido capacitado a través de esta Unidad.
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