REGLAMENTACION DEL ART. 93 DE LA LEY 19.670, RELATIVO A LA CREACION DE LA DIRECCION DE INVESTIGACIONES DE LA POLICIA NACIONAL




Promulgación: 25/03/2019
Publicación: 03/04/2019
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.670 de 15/10/2018 artículo 93.

CAPÍTULO VII - DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE REPRESIÓN AL TRÁFICO ILÍCITO DE DROGAS

Artículo 112

   (Organización, estructura, integración) La D.G.R.T.I.D. se estructurará de la siguiente forma:
        c-   Dirección
             i. Ayudantía y Secretaría
            ii. Gabinete Estratégico
        d-  Sub Dirección General
             i. Secretaría
            ii. Oficina de Guardia y Central Telefónica
           iii. Área Información
                1. Departamento de Laboratorio, productos y precursores 
                    químicos
                2. Departamento de Información
                3. Departamento Registro, Antecedentes y Estadística
                   a. Oficina Control de Pasajeros
                   b. 08002121
                4. Departamento Enlace
                   a.  Sección Interior
                   b.  Sección Exterior
               5.  Departamento de Investigación Patrimonial 
                   a. Sección Bienes Incautados 
             iv.  Área Operativa
               1. Departamento Brigada Antidrogas
                  a. Sección Microtráfico
                  b. Sección Plantel de Canes Antidrogas
                  c. Sanidad Animal
               2. Departamento Delegaciones
                  a. Delegación Aeropuerto Internacional de Carrasco
                  b. Delegación Salto
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