REGLAMENTACION DE LA LEY 15.173 RELATIVA A LA PRODUCCION, CERTIFICACION, COMERCIALIZACION, EXPORTACION E IMPORTACION DE SEMILLAS




Promulgación: 16/03/1983
Publicación: 24/03/1983
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1983
  •    Página: 409
Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 15.173 Derogada/o de 13/08/1981.
Referencias a toda la norma

CAPITULO II - SEMILLA CERTIFICADA
REGISTRO NACIONAL DE ESPECIES Y CULTIVARES APTOS PARA CERTIFICACION

Artículo 6

 Establécese un Registro provisorio para aquellos cultivares de buen
comportamiento con sólo dos años de evaluación en el país, que por razones
de interés nacional justifiquen su multiplicación. Estos cultivares
permanecerán en esta situación hasta su pasaje definitivo a certificación
o su eliminación del registro provisorio, durante un plazo no mayor a un
año.
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