REGLAMENTACION DE LA LEY 15.173 RELATIVA A LA PRODUCCION, CERTIFICACION, COMERCIALIZACION, EXPORTACION E IMPORTACION DE SEMILLAS




Promulgación: 16/03/1983
Publicación: 24/03/1983
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1983
  •    Página: 409
Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 15.173 Derogada/o de 13/08/1981.
Referencias a toda la norma

CAPITULO II - SEMILLA CERTIFICADA
VIGENCIA DE CERTIFICACION

Artículo 23

  La semilla retenida más de nueve meses de la fecha original de
certificación (análisis de germinación) no será reconocida como
certificada. Se reconocerá nuevamente como certificada a condición de
que una muestra representativa del lote cumpla con los requisitos
establecidos en las normas específicas. En este caso se sustituirá la
etiqueta por una nueva donde conste el resultado del último análisis.
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