REGLAMENTACION DE LA LEY 15.173 RELATIVA A LA PRODUCCION, CERTIFICACION, COMERCIALIZACION, EXPORTACION E IMPORTACION DE SEMILLAS




Promulgación: 16/03/1983
Publicación: 24/03/1983
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1983
  •    Página: 409
Reglamentario/a de: Decreto Ley Nº 15.173 Derogada/o de 13/08/1981.
Referencias a toda la norma

CAPITULO II - SEMILLA CERTIFICADA
ENSAYO DE SEMILLAS

Artículo 18

  Los análisis de pureza y de germinación para todos los lotes de semillas
a ser certificados en el Uruguay se realizarán en el Departamento de
Semillas de la Dirección de Laboratorio de Análisis o en el laboratorio
que a tales efectos mantenga la Unidad Ejecutora.
 Los análisis y términos analíticos usados estarán de acuerdo con las
Reglas Internacionales para ensayos de Semillas de la International Seed
Testing Association (ISTA) y a las normas sustitutivas o ampliatorias
que dicte el Ministerio de Agricultura y Pesca a propuesta de la Unidad
Ejecutora o de la Dirección de Laboratorio de Análisis.
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