REGULACION DEL DOCUMENTO ELECTRONICO EN LA ADMINISTRACION PUBLICA




Promulgación: 08/03/2001
Publicación: 16/03/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2001
  •    Página: 600
Referencias a toda la norma

Artículo 6

 El proceso de copiado de los documentos a los medios citados, deberá 
contar con una etapa previa de control de calidad, en la que se 
registrará la fecha y la hora del control, así como el nombre, apellido, 
documento de identidad y la firma digital o contraseña del funcionario 
responsable de dicho cometido.
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