REGULACION DEL DOCUMENTO ELECTRONICO EN LA ADMINISTRACION PUBLICA




Promulgación: 08/03/2001
Publicación: 16/03/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2001
  •    Página: 600
Referencias a toda la norma

Artículo 15

 Se recomienda la duplicación de la información en distintas tecnologías 
a efectos de una mayor seguridad, en especial para el caso de documentos 
que por su importancia requieran mayores exigencias en cuanto a su 
preservación.

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