Visto: el decreto 214/979, del 17 de abril de 1979, por el que se
aprueban medidas para reducir el consumo de combustibles y economizar
energía.
Resultando: que de la experiencia recogida surge la conveniencia de
flexibilizar el régimen de sanciones indicado en el segundo párrafo de
artículo 50 del citado decreto, para las diferentes industrias.
Considerando: que procede modificar en lo pertinente el referido
decreto.
Atento: a lo informado por la Dirección Nacional de Energía,
El Presidente de la República, actuando en Consejo de Ministros
DECRETA:
Artículo 1
(*)
(*)Notas:
Este artículo agregó a: Decreto Nº 214/979 de 17/04/1979 artículo 5
párrafo final.
ALVAREZ - YAMANDU TRINIDAD - CARLOS A. MAESO - WALTER LUSIARDO AZNAREZ - JUSTO M. ALONSO - RAQUEL LOMBARDO DE DE BETOLAZA - FRANCISCO D. TOURREILLES - JUAN A. CHIARINO ROSSI - LUIS A. CRISCI - LUIS A. GIVOGRE -
CARLOS MATTOS MOGLIA - JULIO CESAR ESPINOLA