REGLAMENTACION A DISPOSICIONES DE LA LEY N° 18.396




Promulgación: 29/12/2008
Publicación: 28/01/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2008
  •    Página: 3365
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.396 de 24/10/2008.

Artículo 9

 (Situación de los sujetos pasivos indicados en el literal K) del artículo
3º de la Ley).- En el caso de las instituciones, entidades y empresas
indicadas en el literal K) del artículo 3º de la ley que se reglamenta,
las tasas a aplicar conforme a lo dispuesto por el inciso final del
artículo 23, inciso segundo del artículo 27 y literal F) del inciso
primero del artículo 28, de la citada ley, serán las que correspondan a la
propietaria de las mismas.
En el supuesto de que tal propiedad perteneciere a distintas
instituciones, entidades o empresas comprendidas en el artículo 3º de la
Ley, se agrupará a tales copropietarios según su respectivo régimen de
tasas de aportación y, establecido cuál de los conjuntos así determinados
detenta la porción mayor de esa copropiedad, se aplicará su sistema de
alícuotas al referido sujeto pasivo incluido en el literal K) del artículo
3º de la Ley.
Si ninguno de tales conjuntos tuviere una porción de propiedad superior a
los restantes, será de aplicación el régimen de tasas correspondiente al
copropietario que se sitúe antes en el siguiente orden de prelación de
instituciones, entidades y empresas: en primer término, las indicadas en
el literal A) del artículo 28 de la ley que se reglamenta y luego, por su
orden, las incluidas en los literales B, D, C, E y G de dicho artículo y
literales E y J del artículo 3º de la Ley.
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