COMPLEMENTACION DEL DECRETO 580/976 ESTABLECIENDO NORMAS PARA EL USO DEL CERTIFICADO MEDICO OBSTETRICO DE NACIMIENTO




Promulgación: 21/12/1976
Publicación: 29/12/1976
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1976
  •    Página: 1478
Referencias a toda la norma

Artículo 6

Los médicos y parteras omisos en el cumplimiento de las obligaciones que
se les señala en el presente decreto, quedarán sujetos a las sanciones
determinadas en la ley 9.202 de 12 de enero de 1934, sin perjuicio de las
sanciones disciplinarias que correspondieren cuando se tratare de
funcionarios públicos.
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