AUTORIZACION PARA LA COMERCIALIZACION DE LA COSECHA DE TRIGO ZAFRA 1974 - 1975




Promulgación: 23/10/1975
Publicación: 30/10/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1975
  •    Página: 1174

Artículo 6

Prohíbese a aquellos productores que retuvieran semilla para futuras
siembras, la utilización de trigo en la alimentación animal.

 Las infracciones a esta disposición serán sancionadas con las penalidades
previstas por la ley 10.940, de 19 de setiembre de 1947 y disposiciones
complementarias y concordantes.
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