APROBACION DE ACUERDO INTERNACIONAL. PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS CIVILES Y POLITICOS




Promulgación: 06/12/1985
Publicación: 09/04/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1985
  •    Página: 1233

Artículo 4

    La Comisión para sesionar requerirá la presencia de por lo menos 4 de
sus miembros, para adoptar sus resoluciones se exigirá el voto conforme de
la mayoría de presentes. El Presidente decidirá en caso de empate.
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