MERCOSUR. SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL POR ACCIDENTES DE TRANSITO




Promulgación: 10/01/1997
Publicación: 20/01/1997
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1997
  •    Página: 55

Artículo 8

  A los efectos de lo dispuesto en el artículo 32º del denominado
Protocolo de Ouro Preto aprobado por Ley Nº 16.712, de 1º de setiembre de
1995, comuníquese a la Secretaría Administrativa del Mercosur.
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