Reglamentario/a de: Ley Nº 18.083 de 27/12/2006 artículo 95.
Artículo 3
(Agente de retención).- Desígnase a las entidades aseguradoras agentes de
retención de la Tasa de Control Regulatorio del Sistema Financiero por el
importe correspondiente a las primas cedidas a empresas reaseguradoras del
exterior.