PRORROGA DE AUTORIZACION DE LA CAZA DE NUTRIAS Y ZORROS, AL IGUAL QUE LA DECLARACION JURADA Y TRANSITO DE CUEROS




Promulgación: 16/10/1975
Publicación: 03/11/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1975
  •    Página: 1120
Referencias a toda la norma

Artículo 2

Fíjase, hasta el 30 de noviembre de 1975, el plazo indicado en el artículo
5º del decreto 604/975, del 31 de julio de 1975, para efectuar la
declaración jurada de cueros obtenidos, así como hasta el 30 de diciembre
de 1975, el período de tránsito de cueros. 
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