Los miembros de la Comisión que dirige la Unidad Reguladora serán
designados por períodos anuales. No obstante, el Poder Ejecutivo, hasta
el límite de su mandato, podrá renovar total o parcialmente por períodos
iguales la Comisión, así como cesar total o parcialmente la misma antes de
la finalización de los plazos establecidos en sus designaciones.