REGLAMENTACION DE LA LEY 18.611 RELATIVO A LOS PROCEDIMIENTOS PARA LA UTILIZACION DE ANIMALES EN ACTIVIDADES DE EXPERIMENTACION, DOCENCIA E INVESTIGACION CIENTIFICA




Promulgación: 28/03/2014
Publicación: 07/04/2014
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2014
  •    Página: 382
Reglamentario/a de: Ley Nº 18.611 de 02/10/2009.

Capítulo III.- Registro Nacional de Acreditaciones Personales del CNEA

Artículo 18

 La inscripción en el Registro Nacional de Acreditaciones Personales
tendrán una vigencia de cinco años salvo casos fundamentados o que la
persona pierda vinculación con la institución en la que trabaja o que a
ésta le sea cancelado su registro en el Registro Nacional de
Instituciones, en cuyo caso caducará desde la fecha de su desvinculación ó
de la cancelación.
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