CONSEJOS DE SALARIOS - GRUPO Nº 39 PRENSA RADIODIFUSION TELEVISION COMUNICACIONES Y TALLERES GRAFICOS DE EMPRESAS PERIODISTICAS. SUBGRUPO PRENSA Y TALLERES GRAFICOS




Promulgación: 12/12/1985
Publicación: 29/01/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 2

   Equipáranse con vigencia al 1° de octubre de 1985 en un 50% la diferencia entre los salarios vigentes al 30 de setiembre de 1985, de los trabajadores comprendidos en el Grupo 39 Subgrupo Prensa y Talleres Gráficos del departamento de Montevideo y los básicos por categoría de referencia dispuestos en el artículo primero. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículos: 3 y 4.
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