INCORPORACION AL ORDENAMIENTO JURIDICO NACIONAL DE LA RESOLUCION 57/19 DEL GRUPO MERCADO COMUN




Promulgación: 23/02/2021
Publicación: 02/03/2021
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: el Decreto N° 87/011, de 23 de febrero de 2011; 

   RESULTANDO: I) que el referido Decreto, incorporó al ordenamiento jurídico nacional la Resolución del Grupo Mercado Común N°. 31/10, que estableció un "Sistema de administración y distribución de los cupos otorgados al MERCOSUR por terceros países o grupos de países para su aplicación a las exportaciones de productos originarios del MERCOSUR";

   II) que el Grupo Mercado Común, en ejercicio de la facultad delegada por el Consejo Mercado Común, dictó la Resolución N° 57/19, que modifica la Resolución N° 31/10;

   CONSIDERANDO: que corresponde, en consecuencia, recoger la modificación resultante de la referida Resolución del Grupo Mercado Común, en cumplimiento de los compromisos asumidos por el país en la materia.

   ATENTO: a lo expuesto y a lo establecido en los artículos 2° de la Ley N° 12.670, de 17 de diciembre de 1959 y 4° del Decreto-Ley N° 14.629, de 5 de enero de 1977;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Dispónese la incorporación al ordenamiento jurídico nacional de la Resolución N° 57/19 del Grupo Mercado Común cuyo texto se anexa (*) como parte integrante del presente Decreto.

(*)Notas:
Ver: Texto de la Norma Internacional.

   LACALLE POU LUIS - AZUCENA ARBELECHE - FRANCISCO BUSTILLO - OMAR PAGANINI - CARLOS MARÍA URIARTE
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