Una vez vencido el término para presentar descargos al
Sector Granos (SEGRA) analizará cada caso y aconsejará sobre la existencia
de la infracción y remitirá los antecedentes a la Dirección de Contralor
Legal del Ministerio de Agricultura y Pesca, a los efectos de la sanción
prevista en el artículo 31 de la ley 13.664, de 14 de junio de 1968, que
entienda pertinente, dentro de los límites establecidos.