CONSEJOS DE SALARIOS - GRUPO Nº 4 BANCA. SUBCONSEJO BANCOS PRIVADOS




Promulgación: 03/02/1986
Publicación: 26/05/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 3

   Cumplida la misma, los empleados que, en razón de las tareas que desempeñaban al 31 de mayo de 1985 entiendan que les corresponde un cargo distinto al que revisten, dispondrán de un plazo de 60 días para
presentar sus reclamaciones ante la Comisión Paritaria, cuyo fallo será inapelable debiendo ser cumplido por ambas partes.
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