ELIMINACION DEL ESCALAFONAMIENTO DE DETERMINADAS PARTIDAS EN LA DIRECCION NACIONAL DE ADUANAS




Promulgación: 08/02/1978
Publicación: 16/02/1978
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1978
  •    Página: 230
Visto: la solicitud del Director Nacional de Aduanas, a fin de que sea
eliminado el escalafonamiento de las partidas para contrataciones
establecidas por el decreto 1.045/974 de 26 de diciembre de 1974.

Resultando: I) Que el citado decreto aprueba la reestructura presupuestal
y racionalización administrativa de la Unidad Ejecutora "Dirección
Nacional de Aduanas";

II) Que el artículo 2º del decreto 1.045/974 asigna al personal contratado
el mismo régimen que para el personal contratado, escalafonándolo.

Considerando: I) Que es necesario para la Unidad Ejecutora peticionante
disponer de la respectiva partida libremente, sin las limitaciones del
escalafonamiento lo que da más flexibilidad a la misma;

II) Que las demás Unidades Ejecutoras del Inciso disponen de las partidas
de contrataciones libremente.

Atento: a lo informado por la Contaduría General de la Nación, Contaduría
Central y Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas,

El Presidente de la República

                              DECRETA:

Artículo 1

   Elimínase el escalafonamiento del apartado final, individualizado por
el Subtítulo Contratados, del artículo 2º del decreto 1.045/974 de 26 de
diciembre de 1974, por el que se fija escalafón y grado al personal
contratado de la Dirección Nacional de Aduanas.

MENDEZ - VALENTIN ARISMENDI
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