Visto: la solicitud del Director Nacional de Aduanas, a fin de que sea
eliminado el escalafonamiento de las partidas para contrataciones
establecidas por el decreto 1.045/974 de 26 de diciembre de 1974.
Resultando: I) Que el citado decreto aprueba la reestructura presupuestal
y racionalización administrativa de la Unidad Ejecutora "Dirección
Nacional de Aduanas";
II) Que el artículo 2º del decreto 1.045/974 asigna al personal contratado
el mismo régimen que para el personal contratado, escalafonándolo.
Considerando: I) Que es necesario para la Unidad Ejecutora peticionante
disponer de la respectiva partida libremente, sin las limitaciones del
escalafonamiento lo que da más flexibilidad a la misma;
II) Que las demás Unidades Ejecutoras del Inciso disponen de las partidas
de contrataciones libremente.
Atento: a lo informado por la Contaduría General de la Nación, Contaduría
Central y Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas,
El Presidente de la República
DECRETA:
Artículo 1
Elimínase el escalafonamiento del apartado final, individualizado por
el Subtítulo Contratados, del artículo 2º del decreto 1.045/974 de 26 de
diciembre de 1974, por el que se fija escalafón y grado al personal
contratado de la Dirección Nacional de Aduanas.