FIJACION DE TARIFAS DE LOS SERVICIOS DE TRASILADO DE GRANOS. PLANTAS DE SILOS




Promulgación: 25/10/1988
Publicación: 11/11/1988
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 2

  Autorízase al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca, a través de la Dirección Granos al ajuste de las tarifas fijadas, a razón de las incidencias que se produzcan en los componentes del costo operativo, cuando el Poder Ejecutivo homologue nuevas tarifas de los Servicios Públicos. (*) 

(*)Notas:
Redacción dada por: Decreto Nº 684/990 de 21/12/1990 artículo 1.

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 737/988 de 25/10/1988 artículo 2.
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