Reglamentario/a de: Ley Nº 16.736 de 05/01/1996 artículo 394.
CAPITULO V - CRONOGRAMA DE EVALUACION Y LIQUIDACION
Artículo 24
El cronograma de evaluaciones, liquidaciones y pagos, se regirá por los
plazos que se indican a continuación:
TRIBUNALES DE EVALUACION DE LOS SERVICIOS: Evalúan los servicios del 1º al
10 de junio y del 1º al 10 de diciembre de cada año, en base a los datos
registrados en los períodos diciembre-mayo y junio-noviembre,
respectivamente.
TRIBUNALES DE CALIFICACION DE LOS FUNCIONARIOS DE CADA UNIDAD EJECUTORA:
Formulan las calificaciones de los funcionarios del 11 al 20 de junio y
del 11 al 20 de diciembre.
DIRECCIONES DE UNIDADES EJECUTORAS: Elevan a la Dirección General de
A.S.S.E. información consolidada sobre el funcionamiento de los servicios
del 21 al 30 de junio y del 21 al 31 de diciembre de cada año.
OFICINAS DE PRESUPUESTO DE SUELDOS DE LAS U.E.: Disponen de plazo hasta el
30 de junio y el 31 de diciembre de cada año para enviar al Departamento
de Liquidación de Sueldos de A.S.S.E. las liquidaciones correspondientes.