COMERCIO EXTERIOR - INDUSTRIA AUTOMOTRIZ




Promulgación: 30/12/1991
Publicación: 24/01/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1991
  •    Página: 936

Artículo 3

     A partir del 1 de julio de 1992 quedarán eliminados todos los
requisitos de integración nacional y exportación compensatoria, tanto para
la importación de vehículos armados en origen como Kits de vehículos, de
cualquier categoría.
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