REGULACION DEL INGRESO DE CIUDADANOS DE SEYCHELLES A NUESTRO PAIS




Promulgación: 09/11/1976
Publicación: 16/11/1976
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1976
  •    Página: 1198

Artículo 2

   El plazo de permanencia en territorio nacional, la entrada, salida y el
contralor de los pasajeros temporarios a que se refiere el artículo
anterior, se regirán por lo establecido en los artículos 2 y 3 del decreto
de 22 de agosto de 1957.
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