REGLAMENTACION DE LA REINCORPORACION DEL PERSONAL SUBALTERNO DE LAS FUERZAS ARMADAS EN SITUACION DE RETIRO




Promulgación: 23/09/1975
Publicación: 06/10/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1975
  •    Página: 771
                           AÑO DE LA ORIENTALIDAD

Visto: I) Lo dispuesto en el artículo 183º de la Ley Orgánica de las
Fuerzas Armadas 14.157 del 21 de febrero de 1974;

II) La gestión de la Junta de Comandantes en Jefe por la que se solicita
reglamentar la reincorporación del personal subalterno de las Fuerzas
Armadas en situación de retiro que sea designado para desempeñar cargos en
organismos estatales o paraestatales ajenos al Ministerio de Defensa
Nacional.

Resultando: que es necesario establecer mecanismos que permitan en forma
ágil contemplar las necesidades del Servicio así como también asegurar la
continuidad del mismo.

El Presidente de la República

                              DECRETA:

Artículo 1

Los Comandantes en Jefe en sus respectivas Fuerzas determinarán a su
criterio los integrantes del Personal Subalterno en situación de retiro,
que previo acuerdo de la Junta de Comandantes en Jefe serán propuestos
para reincorporarlos y desempeñar cargos en organismos estatales o
paraestatales ajenos al Ministerio de Defensa Nacional. (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 5.

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