FUNCIONARIOS DESTITUIDOS




Promulgación: 30/01/1986
Publicación: 08/04/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1986
  •    Página: 283
Referencias a toda la norma

Artículo 7

    En ningún caso se resolverá un asunto en base a la presunta verdad
formal, como por ejemplo un documento o la declaración de dos testigos,
siendo imprescindible averiguar la verdad de los hechos ocurridos.
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