El adelanto se pagará en una cuota que se abonará en el correr del mes de
diciembre de 1987 y no se liquidará a aquellos funcionarios cuyo cargo,
función pública o remuneración no esté previsto modificar de acuerdo al
proyecto aprobado de racionalización del Ministerio de Salud Pública y por
ende, no percibirán incremento.
El respectivo Contador Central será responsable del cumplimiento de lo
establecido precedentemente.