FIJACION DE REGIMEN PARA LA IMPORTACION DE VEHICULOS DE USO AGRICOLA




Promulgación: 23/09/1975
Publicación: 03/10/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1975
  •    Página: 762
Referencias a toda la norma

Artículo 5

El Banco de la República Oriental del Uruguay sólo admitirá denuncias de
importación, con la previa intervención de la Comisión de la Industria
Automotriz, la que será la encargada de controlar las exigencias previstas
para los importadores de categoría "A". 
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