FIJACION DE REGIMEN PARA LA IMPORTACION DE VEHICULOS DE USO AGRICOLA




Promulgación: 23/09/1975
Publicación: 03/10/1975
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1975
  •    Página: 762
Referencias a toda la norma

Artículo 4

Los interesados en introducir unidades de la Categoría "A" en las
condiciones del presente decreto, deberán además cumplir con los
siguientes requisitos:

a)   Acreditar la representación de la marca de las unidades a importar;

b)   Contar con una organización que asegure el normal mantenimiento de
     los vehículos que comercialice;

c)   Realizar anualmente adquisiciones por un mínimo de cincuenta unidades
     de la marca. 
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