FIJACION DE HORARIOS ESPECIALES PARA ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES EN DIAS ANTERIORES A LAS FESTIVIDADES TRADICIONALES




Promulgación: 15/12/1978
Publicación: 21/12/1978
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1978
  •    Página: 1453

Artículo 9

El régimen que se autoriza por el presente decreto podrá ser extendido a
ramos comerciales no comprendidos en el régimen general, en casos
debidamente justificados a juicio del Inspector General del Trabajo y de
la Seguridad Social.
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