FIJACION DE SALARIO MINIMO NACIONAL. GRUPO N° 43 ESPECTACULOS PUBLICOS Y ENTRETENIMIENTOS. SUBGRUPO SERVICIO DE EMPRESAS CINEMATOGRAFICAS SALAS DE EXHIBICION ALQUILER DE PELICULAS Y DISTRIBUIDORAS




Promulgación: 27/11/1987
Publicación: 27/01/1988
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
   Visto: los acuerdos logrados por los Consejos de Salarios instituidos por decreto 178/985, de 10 de mayo de 1985.

   Resultando: I) Que en mérito a la urgencia de determinar aumentos salariales para la actividad privada, por razones de oportunidad se procedió a la designación directa de los delegados sectoriales;

   II) Que no obstante lo señalado en el resultando anterior, se ha cumplido sustancialmente con el espíritu de la negociación colectiva al haber participado en los acuerdos los sectores directamente interesados;

   III) Que en el Consejo de Salarios correspondiente al Grupo Nº 43, "Espectáculos Públicos y Entretenimientos", Subgrupo "Servicio de 
Empresas Cinematográficas, Salas de Exhibición, Alquiler de Películas y 
Distribuidoras", se logró el acuerdo que fue suscrito en Acta de fecha 10 de setiembre de 1987.

   Considerando: I) Que al haberse obviado el cumplimiento de ciertos requisitos formales para la integración de los Consejos de Salarios, la aplicación de la ley 10.449, de fecha 12 de noviembre de 1943 podría dar lugar a cuestionamientos de orden legal;

   II) Que a efectos de asegurar el cumplimiento integral de las condiciones de trabajo acordadas en las negociaciones, es conveniente utilizar los mecanismos legales establecidos en el decreto ley 14.791, de 8 de junio de 1978;

   Atento: a los fundamentos expuestos y a lo preceptuado en el decreto ley 14.791 y decreto reglamentario 371/978, de 30 de junio de 1978,

   El Presidente de la República,

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Increméntanse a partir del 1º de junio de 1987 y hasta el 30 de setiembre de 1987, con carácter nacional, las remuneraciones de los trabajadores comprendidos en el Consejo de Salarios del Grupo Nº 43, "Espectáculos Públicos y Entretenimientos", Subgrupo "Servicio de 
Empresas Cinematográficas, Salas de Exhibición, Alquiler de Películas y Distribuidoras", en un 17% (diecisiete por ciento) sobre los salarios vigentes al 31 de mayo de 1987.

SANGUINETTI - HUGO FERNANDEZ FAINGOLD - LUIS MOSCA
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