En el caso de los objetos 042.009 "Comp. oblig. permanencia A 118 L.
16.320 e inc. 1 y 2 A 36 L.16.462" y 048.014 "Diferencial aumento policial
A. 181 L. 16.713/L. 16.736" la exclusión será de aquellos subauxiliares
que determine el Ministerio del Interior.